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El Tribunal Supremo determina que el derecho de los hombres al complemento de maternidad es imprescriptible.

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la solicitud del complemento de maternidad, que es parte de la pensión de jubilación y se basa en aportaciones demográficas, no está sujeta a prescripción para los hombres. Esto se debe a que cuando se promulgó en 2016, la disposición era discriminatoria al dirigirse únicamente a las mujeres, excluyendo la posibilidad de que los hombres lo solicitaran.

El propósito de esta ayuda es mitigar la disparidad de género en las pensiones, destinada a mujeres con dos o más hijos, reconociendo su labor de cuidado. La cantidad actual es de 30,4 euros al mes por hijo, con un máximo de 121,6 euros por mes.

En el caso en cuestión, el demandante solicitó el complemento en 2021, cinco años después del fallecimiento de su pareja. La Seguridad Social le negó la solicitud argumentando que había prescrito.

El Tribunal Supremo indica que la solicitud no está sujeta a prescripción, ya que la prescripción no puede determinarse antes de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de diciembre de 2019, que declaró discriminatorio excluir a los hombres de esta prestación.

El Tribunal Supremo resalta que la negativa en el momento de la solicitud de jubilación constituyó discriminación al vulnerar el derecho a la igualdad, y exige su reparación desde la fecha en que se originó el derecho a la pensión de jubilación.

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